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Ya es oficial: cambiará la Ley de Adquisiciones y el Estado ya no podrá comprar ni bienes ni servicios como antes
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Ya es oficial: cambiará la Ley de Adquisiciones y el Estado ya no podrá comprar ni bienes ni servicios como antes

Con la publicación en el Diario Oficial de la Federación del 18 de diciembre de 2025, entró en vigor el nuevo Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, un cambio significativo que transforma la manera en que el Estado contrata bienes y servicios.

El decreto firmado por la presidenta Claudia Sheinbaum establece que el Reglamento busca “propiciar el oportuno y estricto cumplimiento” de la Ley, fijando nuevas obligaciones, definiciones claras y controles que limitan prácticas discrecionales en las compras públicas.

Compras reguladas con normativas actualizadas

El Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público redefine las responsabilidades internas al precisar figuras clave como el área contratante, el área requirente, el área técnica y el administrador del contrato, quien será responsable de verificar el cumplimiento de los derechos y obligaciones del proveedor.

Se fortalece la planeación al obligar a las dependencias a actualizar mensualmente sus programas anuales de adquisiciones y a publicar contratos y modificaciones en la Plataforma, “en un plazo no mayor de quince días hábiles posteriores a su firma”.

Contrataciones eficientes con un enfoque en sostenibilidad

Uno de los ejes centrales del nuevo Reglamento es la ampliación de las contrataciones consolidadas y los acuerdos marco, que ahora deberán sujetarse a principios de “economía, eficacia, eficiencia, imparcialidad, transparencia y honradez”.

El DOF establece que las contrataciones públicas sostenibles deberán “procurar de manera integral el desarrollo social y económico, así como el cuidado al medio ambiente”, alineando las compras del Estado con objetivos sociales.

  • Hacienda definirá qué bienes y servicios se comprarán de forma consolidada
  • Las dependencias estarán obligadas a adherirse, salvo autorización expresa
  • Se impulsa la participación de Mipymes, cooperativas y economía social
  • El Estado implementará mayor vigilancia y reducirá la discrecionalidad

    El Reglamento establece limitaciones en cuanto a excepciones y adjudicaciones directas, definiendo:

  • Topes precisos
  • Justificaciones necesarias
  • Controles presupuestarios
  • Se incluyen normas específicas para fideicomisos públicos y acuerdos interinstitucionales.