El Servicio de Impuestos Internos (IRS) confirmó que investiga a ciudadanos y extranjeros que posterguen un trámite en particular tras usar billeteras virtuales para vender productos o cobrar servicios. La omisión puede derivar en ajustes, inspecciones e incluso embargos si no se declara correctamente la actividad ante el fisco. La medida alcanza a quienes operan con apps de pago, marketplaces y tarjetas, aunque se trate de ingresos secundarios o ventas ocasionales con ganancia. No cumplir con la declaración correspondiente puede activar revisiones automáticas en la próxima presentación de impuestos federales. El trámite clave es revisar y reportar correctamente el Formulario 1099-K, documento que detalla los pagos recibidos por la venta de bienes o prestación de servicios. Este formulario lo emiten procesadores de tarjetas, apps y plataformas en línea y debe enviarse antes del 31 de enero del año fiscal siguiente tanto al contribuyente como al IRS. Aunque no se alcance ese umbral, algunas plataformas pueden emitir el formulario igualmente. En todos los casos, los ingresos generados deben incluirse en la declaración anual. No todos los movimientos digitales generan obligación fiscal. Los pagos personales enviados por familiares o amigos —como regalos, reembolsos de alquiler o dividir gastos— no constituyen ingresos imponibles y no deberían figurar como actividad comercial en el 1099-K. Para evitar problemas, el IRS recomienda marcar las transferencias como “personales” dentro de la aplicación cuando sea posible y conservar registros propios. Incluso si no se recibe el formulario, cualquier ingreso por ventas o servicios debe declararse para prevenir auditorías, sanciones o ajustes posteriores.